Notarios Públicos

NOTA:
El Departamento de Estado no asume ninguna responsabilidad por la habilidad profesional, reputación, o la calidad de los servicios prestados por las entidades o individuos cuyos nombres aparecen en las siguientes listas. La inclusión en esta lista es de ninguna manera una aprobación por parte del Departamento de Estado o el Gobierno de EE. UU. Los nombres aparecen en orden alfabético, y el orden en el que aparecen no tiene otro significado. La información incluida en estas listas es proporcionada directamente por los proveedores de servicios locales; el Departamento de Estado no está en condiciones de responder por dicha información.

Todas las personas que requieran de un servicio notarial se atenderán solamente con cita

Servicios notariales

  • Semejante a los servicios de un notario público en Estados Unidos, se requiere la presencia del interesado para realizar el tramite de forma personal.
  • Los servicios notariales se le pueden ofrecer a personas de cualquier nacionalidad siempre y cuando el documento vaya a ser usado bajo la jurisdicción de  Estados Unidos.
  • Se debe de presentar una prueba de identidad tal como el pasaporte o la cédula costarricense.

La tarifa de servicios notariales es de $50 USD por cada sello y firma del notario que el documento requiera.

Ejemplos de los servicios notariales que proveemos

  • Acknowlegment: es admitir, afirmar, o declarar, para reconocer los actos propios, asumiendo las obligaciones o incurrir en responsabilidad. Por ejemplo, la firma de una escritura ante un funcionario consular. 
  • Declaración jurada o Affidavit: Una declaración escrita o impresa o la declaración de los hechos, efectuado de manera voluntaria, y confirmada por el juramento o la afirmación, ante un funcionario consular que tiene la autoridad para realizar este tipo de juramentación.
  • Juramentación (o afirmación): es cualquier certificado mediante el cual una persona indica estar obligado a realizar un acto leal y honesto. Una persona que intencionalmente hace declaraciones falsas bajo juramento ante un funcionario consular de los Estados Unidos es sancionable por perjurio. La afirmación es una declaración solemne y formal de que una declaración jurada es cierta.
  • Poder legal: permite designar a alguien para tomar acciones legales en nombre de otra persona. Un ejemplo común de esto es capacitar a otra persona para comprar o vender propiedades en los Estados Unidos en su nombre mientras están en el extranjero.
  • Verificación de beneficios:  Para obtener una carta verificando sus beneficios de seguridad social, debe de programar una cita por correo electrónico a FBU.CostaRica@ssa.govNo se puede programar una cita notarial para este servicio.

No podemos aconsejarle sobre los términos o el contenido de una carta poder, por lo que es posible que desee consultar a un abogado o asesor antes de venir a solicitar nuestros servicios notariales.

Si lo desea puede usar nuestro formato de Poder Legal en blanco o uno proporcionado por su abogado, banco o empresa, el cual Usted tendrá que firmar ante un oficial consular.

***NOTA ACLARATORIA*** Con respecto al registro consular De acuerdo a la Dirección General de Migración y Extranjería ya NO es necesario que los ciudadanos estadounidenses que están aplicando para residencia en Costa Rica tengan que notarizar la página de perfil del “STEP” o la página de confirmación por parte de la Embajada. Solo deben registrarse para el programa de STEP aqui: Smart Traveler Enrollment Program (STEP) y luego imprimir su perfil y presentar esa copia como su prueba de registro.

Servicios que la embajada no ofrece

  • Apostilla (autenticaciones) La apostilla se obtiene del Estado o una Autoridad Federal en donde el documento fue realizado. Para instrucciones sobre cómo obtener una Apostilla de Estados Unidos en el documento por favor ingrese a  Department of State’s Authentications Office o National Association of Secretaries of State
  • Chequeo del registro criminal (Criminal Records checks): los estadounidenses pueden obtener los antecedentes legales con el departamento policial en el estado en el que residió en los Estados Unidos.
  • Firma de garantía/Medallion (Signature Guarantees (“Medallion”): Los oficiales consulares no están autorizados para proveer una Firma de garantía/medallion (signature guarantee/medallion”) esto no es un servicio notarial, el mismo corresponde a un procedimiento especial relacionado con valores, que sólo puede ser efectuado por un representante autorizado.
  • Autenticaciones de documentos de costarricenses: Los oficiales consulares no pueden autenticar documentos de costarricenses,  ya que tanto Costa Rica como Estados Unidos son parte de la Convención de la Haya, la cual abolió el requerimiento de que Oficiales Consulares autentiquen documentos civiles Costarricenses que sean utilizados en Estados Unidos. Costa Rica  se integro en esta Convención a partir de diciembre del 2011.

El Gobierno de Costa Rica puede colocar la Apostilla en documentos civiles Costarricenses (como certificados de nacimiento, matrimonio, divorcio, documentos elaborados por escuelas, universidades, o notarios públicos) en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica (Casa Amarilla) que está localizada en la avenida 7-9 calle 11-13 San José, tel. 2223-7555 www.rree.go.cr

Por regulaciones del gobierno, no proveemos servicios relacionados con los records vitales como certificados de nacimiento, muerte, divorcio, records policiales, entre otros). Obtendrá una copia de estos documentos por parte del ente que tiene la custodia de los mismos en el estado o jurisdicción. También puede obtener copias de los Reportes Consulares de Nacimiento en el extranjero (CRBA) o los Certificados de Naturalización.

Como prepararse para una cita notarial

  • Traer una identificación gubernamental con foto, valida a la fecha,  tal como la cédula o pasaporte como prueba de  identidad.
  • Estar seguro de entender el documento. Nosotros no estamos autorizados a explicar el contenido del mismo.
  • Por favor complete el documento con los nombres apropiados antes de venir. No firme el documento, ya que lo tendrá que firmar ante el Oficial Consular de la Embajada
  • Por favor marque las páginas en donde Usted y el notario necesitan firmar. El personal consular no puede aconsejarlo sobre lo que su documento requiere.
  • Haga el pago correspondiente directamente en la Embajada. Este se puede efectuar en dólares o colones con el tipo de cambio utilizado por la Embajada. También se puede realizar el pago en tarjeta de crédito o debito ya sea Visa, Mastercard, American Express o Discovery que sean internacionales.
  • Si el documento requiere la presencia de un testigo para la notarización, usted es responsable de traer el testigo, el personal del consulado no puede actuar como su testigo.

NOTA: Antes de programar su cita notarial tenga presente que hay un máximo de 3 documentos para cada cita.

Haga click aquí para realizar una cita


Por motivos de seguridad, NO es permitido el ingreso de los siguientes artículos a la Embajada.
For security reasons, the following items are not permitted on Embassy grounds

Teléfonos celulares
Bolsos, maletas, salveques, carteras
Cualquier tipo de artículo electrónico (incluyendo laptops, celulares, iPads, iPods, MP3 players, cámaras, tarjetas de memoria, CDs, relojes inteligentes, etc.)
Armas de cualquier tipo, materiales explosivos y herramientas de cualquier tipo
Bebidas y comidas
Coches de bebé

La Embajada NO cuenta con un lugar para guardar artículos. Le recomendamos que previo a su cita realice los arreglos necesarios para guardar sus pertenencias antes de ingresar a la Embajada. El no cumplir con estos requisitos de seguridad le causará retrasos significativos e incluso que pierda su cita. Favor traer copia impresa de la confirmación de su cita junto con los documentos requeridos para ella.

Por motivos de seguridad y limitación de espacio la Embajada no cuenta con una ventana para información a visitantes sin cita. Unicamente los clientes con cita programada serán admitidos. Los ciudadanos estadounidenses en situación de emergencia se atenderán según sea su caso. Agradecemos nos informe de su visita con anterioridad al correo electrónico ACSSanJose@state.gov .

La Embajada no tiene espacio para parqueo. Los vehículos que dejen visitantes en la acera de la Embajada deben partir rápidamente. No se permiten vehículos parqueados o en espera frente a la Embajada.